PROMESA: claves para los abogados en el nuevo Procedimiento de Mediación Prejudicial en Salud

PROMESA: claves para los abogados en el nuevo Procedimiento de Mediación Prejudicial en Salud

El Decreto 379/2025, junto con su Anexo I -implementando el llamado PROMESA- establece un giro normativo en la mediación de conflictos sanitarios. En particular, impone pautas exigentes para el desempeño de los abogados patrocinantes, quienes deberán garantizar una gestión eficiente, económica y centrada en una solución temprana de los conflictos.

 

Por un lado, se establece la obligatoriedad de contar con cobertura jurídica por parte de un abogado. Si la persona reclamante carece de medios, podrá recurrir al patrocinio gratuito que garantice el Ministerio de Justicia. El profesional debe asumir, asimismo, la administración del arancel y los costos de notificación, conforme a los parámetros que se dictaminen.

 

La operatividad del procedimiento avanza sobre los plazos: el sorteo del mediador se realiza a través del sistema TAD, y las audiencias que se convoquen no pueden exceder un lapso de cinco días hábiles. Las notificaciones deben enviarse con al menos dos días de anticipación. En caso de inasistencia del requerido, el abogado debe gestionar una nueva audiencia, mientras que ante situaciones de alto riesgo sanitario podrá solicitar la conclusión anticipada del proceso.

 

Los honorarios legales varían según el resultado: si hay acuerdo, la responsabilidad recae en la parte requerida; sin acuerdo, corre por cuenta del fondo previsto por la Ley 26.589. Si la mediación se desiste antes del inicio formal, esos valores se reducen a la mitad y debe abonarlos el requirente. Además, si no se inicia demanda judicial dentro de los 30 días hábiles posteriores al cierre consensuado, el reclamante deberá reintegrar los honorarios al fondo.

 

Este nuevo esquema busca fortalecer la resolución alternativa de conflictos sanitarios, priorizando la eficiencia y el acceso equitativo a justicia. Los abogados que actúen como patrocinantes tendrán un rol clave: no solo deben velar por el cumplimiento normativo, sino también por la adecuada defensa de los derechos del demandante, dentro de un sistema que exige agilidad y responsabilidad económica.

 

Fuente: SaberenSalud.