Proyectos de eutanasia de este lado del Río de la Plata: ¿qué proponen y qué obstáculos enfrentan?”
La reciente aprobación de una ley de eutanasia en Uruguay constituye un referente para el debate regional. De este lado del Río, en los últimos dos años, al menos cinco iniciativas legislativas ingresaron a la Cámara de Diputados y al Senado con la intención de regular la eutanasia en nuestro país bajo diferentes denominaciones: “Ley de Buena Muerte”, “Buena muerte médicamente asistida”, “Régimen legal de asistencia para terminar con la propia vida”, aunque ninguno logró consenso para avanzar en su tratamiento.
Estas propuestas atraviesan el espectro político: desde la UCR y el PRO hasta bloques del peronismo, todas coinciden en reconocer la autonomía, dignidad y libertad como principios rectores del derecho a morir en casos de padecimientos graves o incurables.
Por ejemplo, el proyecto promovido por el gobernador mendocino Alfredo Cornejo (UCR), junto con la senadora Mariana Juri, contempla que personas mayores de 16 años puedan recibir asistencia para morir, con requisitos de consentimiento, controles médicos y objeción de conciencia para los profesionales de la salud.
Otra iniciativa presentada por el diputado Miguel Ángel Pichetto propone despenalizar la eutanasia activa y el suicidio asistido, eximiendo de responsabilidad penal, civil y administrativa a quienes actúen en conformidad con la ley y promoviendo cobertura estatal para su aplicación. Desde el kirchnerismo, un proyecto encabezado por Carolina Gaillard y Gabriela Estévez plantea requisitos semejantes, incluyendo una evaluación interdisciplinaria y enfoque en cuidados paliativos.
Un estudio del CONICET (2023) reveló que del universo de 745 profesionales de salud consultados, el 80 % estaba a favor de legislar sobre eutanasia activa, mientras el 45 % había recibido pedidos sobre el tema por parte de pacientes, lo que evidencia una demanda práctica.
A pesar de estos respaldos técnicos y sociales, los proyectos chocan con obstáculos: resistencias políticas, falta de acuerdo en los textos, y el hecho de que la ley argentina vigente (Ley de Muerte Digna, 2012) sólo reconoce el derecho a rechazar tratamientos que prolongan la vida, pero no permite activamente que un médico acelere la muerte.
En síntesis, el país se encuentra inmerso en un debate ético, jurídico y político profundo: aunque proliferan proyectos, ninguno logró consolidarse hasta ahora. El camino hacia una regulación formal dependerá de la capacidad para construir consensos, garantizar salvaguardas efectivas y responder a una presión creciente del ámbito médico y ciudadano por regular el derecho a una muerte digna.
Fuente: SaberenSalud.