Eutanasia y derechos del paciente: un fallo que reabre el debate sanitario y ético en la Provincia de Buenos Aires
La Suprema Corte de Justicia bonaerense emitió un fallo clave que vuelve a instalar con fuerza el debate sobre la eutanasia activa en Argentina, al revisar el caso de María del Carmen Ludueña, una mujer con una enfermedad terminal degenerativa, en etapa avanzada y con múltiples padecimientos físicos. El Tribunal revocó la decisión de primera instancia que había rechazado su pedido por considerar inidónea la vía del amparo y sostuvo que negarle acceso a la jurisdicción en estas circunstancias constituye una flagrante violación del derecho a la tutela judicial efectiva.
Desde la perspectiva sanitaria, la Corte remarcó que la gravedad del cuadro obliga al Estado a garantizar medidas urgentes para aliviar el sufrimiento. En este sentido, ordenó al Ministerio de Salud bonaerense poner de inmediato a disposición de la paciente todos los recursos necesarios para el manejo del dolor, incluidos cuidados paliativos integrales, e instruyó a la Comisión Provincial de Cuidados Paliativos —creada por la Ley 12.347— a intervenir sin demoras. Asimismo, destacó que el abordaje del caso debe cumplir con la “Guía de Buenas Prácticas para el Acceso a la Justicia de las Personas con Discapacidad”, aprobada por la Corte mediante la Resolución 215/2024, garantizando ajustes razonables y una mirada integral sobre la vulnerabilidad de la actora.
En el plano ético y normativo, el Tribunal fue contundente: aunque la revocación habilita a continuar el proceso y discutir los derechos involucrados, la Corte no admitió el pedido de suicidio asistido. Argumentó que su autorización implicaría convalidar una conducta prohibida por la legislación vigente y sustituir al legislador en una materia altamente sensible.
El fallo también dedicó un párrafo crítico al PAMI, calificando de “cruel e irresponsable” la falta de asistencia brindada a la paciente, pese a ser su obra social. Para los jueces, el abandono de prestaciones esenciales resulta incompatible con cualquier estándar mínimo de atención sanitaria.
La decisión abre ahora un camino judicial y político: asegurar cuidados adecuados y discutir, con profundidad y evidencia, el lugar de la autonomía y la dignidad en el final de la vida.