Analía Reyno: La ley que incorpora la pubertad precoz al PMO sin reglamentación, es un derecho en suspenso
Abogada especializada en Derecho a la Salud, con trayectoria en litigio estratégico y defensa de pacientes frente a obras sociales y prepagas, la Dra. Analía Reyno se ha convertido en una voz de referencia en el debate sobre la implementación de la Ley 27.732. En esta entrevista, analiza las implicancias jurídicas de su falta de reglamentación, el impacto en las familias y las herramientas legales disponibles para exigir cobertura integral.
-Usted sostiene que la Ley 27.732 está en un estado de latencia; desde el punto de vista jurídico, ¿qué implica que una Ley de salud sea sancionada pero no reglamentada? ¿Es una omisión administrativa o una vulneración de derechos por parte del Ejecutivo?
Si, estaría en estado de latencia, por decirlo vulgarmente. Implica que no tiene operatividad en lo cotidiano en cuanto a los puntos específicos de su cumplimento puesto que estos no están delimitados. Es como tener un juego de mesa sin sus reglas del juego (así se lo explico a las familias ingresantes). Es una omisión administrativa en cumplir un deber constitucional y que por tal conducta termina vulnerando el derecho a la salud trayéndole a las familias mayores complejidades u obstáculos a la hora de acceder a la aprobación de su tratamiento.
-Ante la falta de reglamentación, muchas entidades de salud se amparan en el vacío para demorar coberturas. ¿Cuál es el argumento legal más sólido que tienen hoy las familias para exigir el 100% de la medicación y los estudios, aun sin el decreto
reglamentario?
Lo único que les queda a las familias es el PMO, también fruto de nuestro esfuerzo en el año 2021, año en el cual logramos se reforme para cubrir nuestra patología.
-Sabemos que cuando el sistema falla, aparece el amparo. Sin embargo, esto genera una brecha: accede quien puede pagar un abogado o tiene los medios para litigar. ¿Cómo se rompe esa desigualdad para que el derecho a la salud no sea un privilegio de quienes pueden judicializar su caso?
No se rompe. Sigue existiendo y por eso sigue la lucha. A pesar de que mi
profesión es abogada y trabajo haciendo amparos de salud, no le deseo a nadie pasar por la angustia de tener mal a un hijo (como me sentí yo), y sentirse de manos, pies, cabezas atados. Por eso las acompaño en el trayecto, tratando de que no tengan que llegar a judicializar, máxime habiendo normativa. A unas pocas familias les he realizado los amparos probono o lo abonan como pueden.
No son muchas las que lo hacen porque tratamos, trato de orientarlas en lo
administrativo y gracias a Dios muchas veces lo pueden solucionar. Pero la
brecha existe. A veces un buen asesoramiento resuelve un tema profundo y
costoso
-Sin una unidad ejecutora nacional, la coordinación federal es casi nula. ¿Qué responsabilidad legal tienen las provincias en este escenario? ¿Pueden ellas avanzar en normativas locales que garanticen la cobertura mientras la Nación demora la reglamentación?
En virtud del federalismo cada provincia debe tener su ley provincial que adhiera a la ley nacional. Algunas provincias ya la tienen y otras tienen proyectos de ley. Las provincias que ya la tienen deben reglamentarlas. Esas provincias ya han avanzado y las demás deberían imitar esas buenas conductas que tutelan los derechos de sus paisanos
-En derecho a la salud, el factor tiempo es determinante. En la pubertad precoz, un mes de demora es un mes de desarrollo irreversible. ¿Existe la posibilidad de demandar al Estado por daño preventivo o responsabilidad civil ante las secuelas que genera la demora burocrática en el inicio del tratamiento?
Es tentador pensar en demandas al Estado, pero no siempre es oportuno ni
conveniente. Digo es tentador porque es lo primero que a Doña Rosa le viene a la mente. En este caso no seria el estado el primer responsable sino la prestadora de salud que tiene cada familia y para eso primero deberían empezar por un amparo para lograr la atención y luego analizar la conveniencia de demandar por responsabilidad a la prestadora. Ahora, si pensamos en salud publica el tema seria otro; el primer responsable de atender al paciente es el estado provincial de pertenencia del ciudadano. En el caso de Buenos Aires estamos con medicación que no es entregada a tiempo porque no abastecieron su stock y esto ya lo sabían desde marzo puesto que tenían medicación que vencería en abril y no tenían nada más que eso. Aun así, en marzo mandaron esa medicación para aplicar en marzo- abril- mayo.
-Más allá del reclamo en redes y medios, ¿cuál es la estrategia legal que están llevando adelante para forzar al Ministerio de Salud a reglamentar la ley? ¿Estamos cerca de una instancia de mora administrativa que obligue a la Justicia a intervenir directamente sobre el Ejecutivo?
El año pasado tuvimos 6 encuentros con funcionarios del Ministerio de Salud. Empezamos a trabajar en parte de los contenidos de la ley como ser la difusión en sus sitios oficiales y en sus redes de IG y X oficiales. No sabemos si realmente llego nuestra petición y bosquejo a manos del ministro de salud. No tenemos novedades de como va la cosa. Por otro lado, estamos pidiendo al poder legislativo la presentación de proyectos y pedidos de informes los cuales están siendo presentados (lleva un recorrido parlamentario). A tu última pregunta respondo afirmativamente.
-¿Quisiera dejar un mensaje para las familias que hoy reciben una negativa de su obra social?
Nunca bajar los brazos. Antes de firmar algo o hablar algo o dejar algo en su prestadora de salud piense bien los pasos a seguir puesto que se agarran de
cualquier cosa para dar la negativa, pero así y todo no dejen de investigar y
consultar porque hay una salida, Mantengan la calma y piensen estrategias y
sino estamos para acompañar con consejos desde nuestra red de familiares.
@pubertadprecozargentina @analiareyno.-